VV.AA. El sexo en disputa.

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«La noción de «sexo» ha sufrido últimamente una modificación semántica que conviene señalar. Durante mucho tiempo aglutinó los significados anatómicos, psicológicos y culturales que cada ciencia desarrollaba con la terminología precisa: identidad sexual, roles sexuales, orientación sexual, heterosexual, homosexual, transexual…, enlazando sexo y sexualidad. Desde el punto de vista biológico, el sexo adquirió mayor complejidad: anatómico, genital, hormonal, genético (fenotípico/genotípico). Pero será la generalización del gender anglosajón -introducido en la terminología médica por Money (1955), en la psicoanalítica por Stoller (1968), y en la teoría feminista por Kate Millett (1969)- la que acabará por reducir el sexo a lo biológico, relegando la construcción cultural de la feminidad y de la masculinidad a la noción de género. Contra ese género, construido culturalmente, sexista y jerárquico, lucha el feminismo, y desea superarlo. Por tanto, toda aquella acción dirigida a velar por la igualdad de las personas, con independencia de cuál sea su sexo y orientación sexual, debería poner de manifiesto las falacias de los mandatos normativos de género que obstaculizan la libertad de los individuos en su propia singularidad sexual y personal.»


«Con respecto a la noción de identidad, es necesario establecer la diferencia entre identidad/subjetividad. La identidad se logra por la identificación con una marca o modelo externo. Lo que es interno es la subjetividad, y en ella el deseo por el que me adhiero a aquello que pienso que me identifica. Por ejemplo: identidad cultural, nacional, etc. En ellas me identifico con una cultura, con una nación…que son algo externo, no están dentro de mí. Yo puedo sentir muy internamente mi identidad cultural, nacional, pero eso no quiere decir que la cultura o la nación se hallan originado en mí, lo que está en mí es mi deseo de identificarme con ella. El yo es una suma de identidades, un proceso dinámico. La ley no certifica procesos anímicos.

Por todo ello, si el género es un constructo cultural no puede ser una identidad que me constituye internamente, de forma natural o esencial, sino una identificación subjetiva con un modelo externo construido socialmente, es un «sentimiento subjetivo de género». El género está en la cultura, en la sociedad, en la historia, no en mi cerebro o en mi alma. Así, tal y como lo manifiesta la misma expresión, el «género sentido», esto es: la identificación con un determinado rol o estereotipo sexual, es un sentimiento, no un hecho. De un sentimiento no se deriva ni un hecho, ni una realidad, ni una consecuencia jurídica. La ciencia y el derecho se atienen a hechos no a sentimientos.»


«Tratar a las personas trans con dignidad, respetando su autonomía y su derecho a decidir, no significa acceder acríticamente a sus demandas de tratamiento. Significa otorgar a su sufrimiento la misma preocupación, consideración y valor que al resto de personas. Tratar a las personas trans con igualdad no significa tratarlas igual, sino tener en cuenta sus necesidades únicas para que tengan las misma oportunidades de alcanzar una vida lo más plena posible.»


«Al introducir los roles sexuales (y sexistas) como componentes de mi subjetividad se los naturaliza. Dado que históricamente los roles sexuales han sido y son jerárquicos, desiguales y opresivos para las mujeres, toda lucha por la igualdad entre mujeres y hombres debe superar esos roles, debe superar los géneros como normas coercitivas que los individuos introyectan, no legitimarlos y salvaguardarlos legislativamente. La identidad de género sentida convierte el ser mujer en un sentimiento, y en irrelevante la desigualdad y violencia que sufre por su sexo.

La desaparición del sexo y su sustitución por el género sentido invisibiliza la violencia que sufren las mujeres por su sexo: abortos selectivos, violaciones, violencia doméstica, mutilación, trata, prostitución, vientres de alquiler…; colisiona con las leyes de violencia de género, imposibilita cualquier estudio estadístico para denunciar brechas de desigualdad, interfiere en los espacios de seguridad privativos de las mujeres, socaba el deporte femenino. Y sobre todo: anula el sujeto político del feminismo.»


«Los problemas del transactivismo son su esencialismo (la teoría del cuerpo equivocado), la reproducción de los estereotipos sexistas, la beligerancia y agresividad contra el feminismo. Invisibilización de la opresión de las mujeres y ocupación del lugar de víctima por excelencia. La persona transfemenina pasa a ser doblemente discriminada: por ser mujer y por no haber nacido mujer (contradicción  lógica: por serlo y por no serlo). Se convierte el nacer mujer en un privilegio. Se realiza un efectivo borrado de las mujeres: pues ser mujer es algo elegible. Se utilizan enunciados contradictorios y asertivos: «una mujer trans es una mujer», cuando de hecho estamos hablando de una persona transfemenina. Se produce así una ocupación semántica ilegítima: una mujer trans es una mujer, y una mujer pasa a ser una mujer cis.

Existe una perversión del lenguaje inclusivo, que, en virtud de una neutralidad, propicia la desaparición de la mujer, esto lo vemos en expresiones como: cuerpo feminizado, progenitor gestante, agujero frontal por vagina…; a la par de una prohibición de nombrar partes o procesos del cuerpo de las mujeres. Reclamar ser mujeres es la forma más sofisticada de apropiación del cuerpo de las mujeres por parte de los hombres, otra de las maneras en que éstos reclaman el acceso al cuerpo de as mujeres, después de hacerlo como objeto de placer (prostitución), por su potencial reproductivo (vientres de alquiler), y ahora usurpando su identidad.

«Encontramos una paradoja de la despatologización: si no es un trastorno mental sino un deseo de libre elección ¿por qué habría de estar cubierto por la seguridad social o requerir asistencia psicológica? Por ese motivo no puede reducirse a ello y acaba buscándose una raón natural: el cuerpo equivocado, con lo cual vuelve a ser un proceso erróneo psicológico o físico. 

Debería haberse hablado de «desestigmatización» puesto que se exigen tratamientos médicos. Este es uno de los puntos de fricción entre transexuales y transgéneros, los primeros quieren garantizar a toda costa la asistencia médica y gratuita, que ven peligrar con la acentuación de la libre elección despatologizada que defienden los transgénero. El cualquier caso, dado que hay sufrimiento psicológico ¿no es una flagrante agresión minimizar la necesidad de un acompañamiento psicológico por afirmar el talante libre afectivo?»


«La autodeterminación de género (con qué estereotipo sexual me identifico, qué rol sexual deseo desempeñar, cómo quiero ser nombrado y reconocido) debe ser considerado un derecho, pero éste no puede implicar la autodeterminación del sexo. Aún cuando sabemos que el sexo es algo mucho más complejo que la mera genitalidad, el sexo es, está reiterado genéticamente en cada una de las células de nuestro cuerpo, no puede autodeterminarse; ni la hormonación que modifica nuestros caracteres secundarios, ni la mutilación que transforma anatómicamente nuestro cuerpo varían nuestro sexo genético, ni tampoco la envergadura y potencia corporal, ni la experiencia de vida de crecer en un cuerpo de mujer o de hombre, ni la socialización de género que hemos recibido, ni la situación de privilegio o secundariedad que por ello hemos sufrido.»


«El reconocimiento jurídico de la «identidad de género» no es en absoluto una propuesta incluyente, ya que el fin último de convertir en irrelevante la categoría sexo y cuestionar la propia categoría mujeres es una imposición misógina: una imposición que exige a las mujeres que aceptemos categorías inestables, permeables y fluidas como «trans» y que aceptemos la definición de las mujeres como «cismujeres».»


«El término despatologización no se ha limitado, por tanto, a reflejar el cambio de clasificación de los manuales psiquiátricos ni representa la necesidad de desestigmatizar la transexualidad, sino que se ha convertido en instrumento de culpabilización a toda intervención médica que actúe en el proceso de búsqueda de soluciones para cada vivencia transidentitaria. La consecuencia de este movimiento ha sido el rechazo al conocimiento y autoridad del experto y la eliminación del profesional de salud mental como miembro del equipo de atención a la población trans.»


«La asistencia sanitaria a las personas con disforia/incongruencia de género o consultas referidas a variabilidades de expresión de género requiere trabajar en un contexto de alianza terapéutica con el usuario, pero siguiendo siempre una historia y exploración clínica con asesoramiento psicológico desde la primera consulta. Esta atención psicológica no debe considerarse como un mecanismo represor o juzgador de la situación identitaria individual, sino como clarificador de cualquier dificultad personal, social o adaptativa que pueda ser causa o consecuencia de la disforia/incongruencia.

Una de las dificultades más evidentes para establecer este diagnóstico es la gran diversidad de formas, situaciones y vivencias con que se presenta la incongruencia de género, lo cual refleja diferentes grados de insatisfacción no solo con la identidad sexual sino también con otros aspectos anatómicos, de orientación sexual o de rol de género. También hay que tener en cuenta que las diferencias culturales entre un país y otro pueden alterar las expresiones del comportamiento de estas personas. Por ello, algunas personas refieren sentirse obligadas a alterar parte de la información acerca de sus vidas, adecuando sus historias personales a la medida de los criterios diagnósticos y vigentes.

Tampoco se puede ignorar que hay comorbilidades y situaciones necesarias de diagnóstico diferencial, pues el estado de madurez cognitiva, la edad o algunos conflictos psicopatológicos pueden confundir la identidad, subyacer a la disforia e incluso provocar iatrogenia si no son contemplados por los profesionales.»


«La autodeterminación y la despatologización planteadas desde el activismo, al censurar el protagonismo del profesional de la psicología en el equipo, no considera (como sí lo hacen los profesionales que se fundamentan en el método científico) que hay una enorme distancia entre la experiencia personal y la experiencia clínica. La primera es intransferible y no extrapolable a nadie más. La segunda esté basada en la observación de series amplias que permiten, al concentrar la experiencia, un mayor poder discriminatorio sobre la diversidad y, además, aumentar la eficiencia y la calidad. 

La despatologización ha significado también la imposición de la actuación médica sin diagnóstico ni diagnósticos diferenciales y sin la posibilidad de detectar comorbilidades, hecho que puede dificultar la integración o el proceso de modificación corporal irreversible, o más grave aún, que haya un arrepentimiento posterior a la realización de cirugías como consecuencia de la decisión personal equivocada. Se han olvidado de que la transformación del sexo biológico al sexo identitario no abarca exclusivamente los cambios corporales, sino también sus características psíquicas y sociales definidas estereotipadamente como femeninas o masculinas.»


«No todas las personas no conformes con su género son transexuales, y no todas las personas transexuales experimentan disforia de género. Algunos de los usuarios que acuden al sistema sanitario plantean cuestiones que tienen más que ver con la necesidad de cambios de rol de género o expresiones de género no normativas, o cuestiones relacionadas con la orientación sexual o vivencia de la propia sexualidad. 

Esta diversidad o variabilidad ha sido englobada bajo el paraguas del transgenerismo; no obstante, no debería mezclarse, desde el punto de vista legislativo ni sanitario, con la situación de las personas transexuales, pues sus demandas no son contempladas en el entorno de la incongruencia de género ni requieren tratamiento hormonal o quirúrgico. Al contrario, esta variabilidad debería entenderse dentro de un contexto de respeto a la diferencia, y por tanto desde marcos sociales y jurídicos más que sanitarios.

Es obligación de la institución sanitaria definir los límites de su cartera de servicios, el entorno imprescindible y mediante el trabajo en equipo facilitar esta delimitación con una visión no solo multidisciplinaria, sino interdisciplinaria, abarcado aspectos educativos, jurídicos, sociológicos y antropológicos.»


«El feminismo radical estadounidense de los años setenta y ochenta formuló la noción de «casta sexual» (Kate Millett) y «clase sexual» (Firestone) para refererirse al sujeto colectivo «mujeres» cuya existencia se vislumbra tras el proceso de concienciación resumido en el lema «lo personal es político». Cuando  las mujeres comparten con otras mujeres el relato de sus propias experiencias, describen que aquello que creían personal (cada una pensaba que «aquello» solo le pasaba a ella) en realidad le ha ocurrido a casi todas las mujeres.

El suelo común de experiencias de subordinación, muchas de ellas vinculadas a la sexualidad, atraviesan todas las diferencias como la clase, la raza, la orientación sexual, etc. La concienciación conduce a la constatación de la existencia material de las mujeres como sujeto y al entendimiento de una dialéctica histórica entre los sexos, en la que los hombres como clase explotan y oprimen a las mujeres como clase. Ese sistema de dominación se denomina «patriarcado», que es universal.»


«La discriminación es de carácter prejuicioso y consiste en que una persona o un grupo de personas son tratadas de forma desfavorable por presentar unas características específicas (orientación sexual, religión, nacionalidad, origen, edad, discapacidad, etc.). Dicha discriminación se suele presentar en contextos específicos (por ejemplo, en la esfera laboral).

Sin embargo, la opresión tiene carácter estructural y no se origina en un prejuicio cultural sino que responde a la necesidad de mantener subordinada a una clase de personas con la finalidad de perpetuar la organización social en su conjunto (por ejemplo, el trabajo no remunerado de las mujeres permite el mantenimiento del sistema social y la plusvalía extraída a la clase trabajadora permite el beneficio empresarial). La opresión no se limita a una esfera sino que las abarca todas: la política, la religión, el capital, la tierra, etc. 

Otra diferencia entre discriminación y opresión es que la opresión no se suele percibir socialmente como desigualdad sino como lo normal, lo cotidiano, el lugar que a cada persona corresponde. Las madres friegan , ponen lavadoras y cuidan a las criaturas, y la mayor parte de las veces nadie percibe la injusticia de esa cotidianidad.»


«Algunos autores como Charles Taylor y Alex Honneth, consideran que privar a un sujeto de ser reconocido por otro sujeto supone arrebatarle la posibilidad de alcanzar una subjetividad plena. El reconocimiento debido, por tanto, no solo es una muestra de cortesía, sino una necesidad vital humana. Los autores sostienen que debemos nuestra integridad a la aprobación o el reconocimiento de otras personas. Si nos lo niegan nos causan un daño psicológico que nos impide conformar una identidad personal y alcanzar una vida buena.

Nancy Fraser señala que estas teorías del reconocimiento tienen un importante punto débil: de ellas parece deducirse que todo aquello que refuerce la autoestima de alguien es igualmente legítimo. Sin embargo, un hombre podría considerar que las reivindicaciones feministas causan un daño a su identidad masculina. No podemos aceptar que cada persona determine cuándo se le está causando un daño. No existe un daño real por el mero hecho de que alguien diga sentir agredida su identidad personal.»

SINOPSIS: «El sexo en disputa», de Rosa Mª Rodríguez Magda.

«Hemos querido con el título de este libro dar una réplica irónica al de Judith Butler «El género en disputa», pues si el suyo trataba de poner en cuestión el género, la teoría «queer», que en ella reconoce una de sus autoras paradigmáticas, ha conseguido multiplicar los géneros, generizar el sexo, y difuminarlo bajo una capa electiva. Hoy lo que está en disputa es el sexo, ese que ha dejado el sólido espacio anatómico-biológico constatable en el que permaneció durante centurias para pasar a presentarse cual espectro fluido y mero efecto de normatividad social. Un sexo que, en cuanto concepto, parece proscrito de la academia, confundido permanente –e intencionadamente– con el género en muchas legislaciones. Un sexo del que se afirma incluso que debe ser eliminado de toda documentación. Ahora bien, la desaparición del sexo como criterio constatable administrativo, a efectos jurídicos, sanitarios, estadísticos… tendría efectos lamentables. Así pues, hemos creído que si queríamos reflexionar sobre el marco teórico y científico de la regulación jurídica de la transexualidad, debíamos hacerlo desde una perspectiva amplia, que enlazara con las corrientes de pensamiento que promulgan un cambio de paradigma conceptual; por ello, a fin de centrar el eje del debate titulamos nuestro libro «El sexo en disputa». Y apuntando hacia lo que consideramos una clave para emprender un camino legalmente consistente, añadimos: «De la necesaria recuperación jurídica de un concepto».»

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